Piden prohibir que supermercados y farmacias exhiban golosinas en las líneas de caja (2024)

La necesidad de promover una alimentación saludable es cada vez es más popular entre los jóvenes y adultos de diferentes clases sociales. A la ley de etiquetado frontal, se suma ahora una iniciativa para que se prohíba a nivel nacional la exhibición de alimentos poco saludables en las filas de supermercados o farmacias.

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El proyecto de una diputada de Unión por la Patria, Eugenia Alianiello (Chubut) propone promover la alimentación saludable y busca prohibir la exhibición en las filas de espera de pago de supermercados y farmacias golosinas o productos con uno o más sellos, como ya rige en algunas provincias.

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Según la diputada de UXP, “es una contradicción que tengamos una ley de etiquetado frontal que alerta sobre ciertos elementos nocivos para la salud pero que los comercios sigan aprovechando la vulnerabilidad de los consumidores mientras esperan en línea de cajas incentivando la “compra impulsiva”.

“Si buscamos preservar la salud de la población, garantizar el derecho a una alimentación saludable y prevenir la diabetes y la hipertensión de los segmentos más vulnerables, como niños/as y adultos mayores, debemos ser coherentes”, afirmó en declaraciones a Economía Sustentable la diputada de Chubut.

Sin embargo, Alianiello aclaró que “por supuesto que esos productos pueden estar exhibidos, pero en lugares específicos de los salones de venta donde el público que desea comprarlos los vaya a buscar. Porque estos productos, además de afectar la salud, también perjudican la economía familiar ya que suelen tener altos costos que encarecen el valor total de la compra”.

“Estas medidas se deben tomar con carácter de urgencia, porque los datos de obesidad y enfermedades vinculadas en menores es alarmante y su calidad de vida a futuro se encuentra comprometida”, enfatizó Alianiello.

¿Qué dice el proyecto de ley?

El proyecto establece que “Queda prohibido en hipermercados, supermercados en cualquiera de sus formatos, así como en farmacias con modalidad de autoservicio, la exhibición y promoción en la línea de cajas u otras áreas de cobro en donde los clientes son dispuestos en hileras a la espera del pago de sus compras, los siguientes productos:

  • a) las golosinas en su gama completa
  • b) las bebidas sin alcohol azucaradas
  • c) todo producto con azúcar agregada en cualquiera de sus tipos
  • d) todo producto que presente uno o más sellos de advertencia

Establece que esos productos “deberán ser exhibidos exclusivamente en góndolas y espacios específicos en los salones, a más de 3 metros de las áreas de cobro”.
Según la diputada nacional, “miles de productos presentados y vendidos como alimentos, no lo son. Son meros portadores de calorías vacías, es decir sin ningún otro aporte nutricional, y además contienen un exceso de componentes que tienen impacto negativo en nuestra salud”.

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Por ejemplo, un pan lactal de una primera marca internacional, es presentado como de “centeno” pero según su etiqueta tiene sólo un 5% de centeno, y todo lo demás es harina refinada, azúcar y caramelo, que es el componente que le da la tonalidad tostada que debería tener por el centeno.

“El sobrepeso y la obesidad, la diabetes tipo 1 y 2, la hiperlipidemia, la hipertensión, problemas metabólicos, disfunciones hormonales, han aumentado sensiblemente en la población occidental en general, y en la de nuestro país en particular”, advirtió la diputada chubutense.

¿Dónde rige ya la medida?

En Córdoba capital, se dispuso que sólo se podrán exhibir en línea de cajas de supermercados, hipermercados o farmacias alimentos que no tengan exceso de azúcar, ni de grasas ni sean ultraprocesados, como varios de los snacks salados más vendidos.

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La medida entró en vigencia en 2021 luego de llegar a un consenso en la reglamentación con distintos actores del sector privado, el municipio de Córdoba capital y expertos, según explicó el concejal oficialista Nicolás Piloni, uno de los autores del proyecto legislativo, junto a su par de Encuentro Vecinal Córdoba, Juan Pablo Quinteros.

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También, en la provincia de Neuquén, se estableció la prohibición de exhibición de alimentos ultraprocesados en líneas de cajas. Según los funcionarios de la provincia, la ley “tiene como objetivo estimular mejores hábitos alimenticios, promover la reducción del consumo calórico excesivo y de la ingesta de dulces en general, para disminuir el sobrepeso, la obesidad y otras enfermedades no transmisibles en la ciudadanía”.
En Chubut también tiene esa misma reglamentación desde 2020 cuando se estableció por ley provincial la prohibición de la exhibición de alimentos de alto valor calórico en cajas registradoras.

La iniciativa busca combatir la obesidad, más teniendo en cuenta que, durante la cuarentena se registró un incremento de peso de la población a nivel país por diferentes cuestiones.

El listado de productos alimenticios permitidos quedó delimitado a frutas frescas, frutos secos, productos libres de gluten, dietéticos y similares, todos sin azúcar agregada.

Números que alarman

De acuerdo a un informe del Ministerio de Salud, el 57,9% de los adultos presenta sobrepeso u obesidad. En niños en edad escolar, este número llega a 42%.

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  • El 30% de los niños en edad escolar padece sobrepeso y el 6% obesidad.
  • Argentina es uno de los tres países de la región con más ventas anuales por persona de productos ultra procesados.
  • Por persona se consumen 131 litros anuales de bebidas gaseosas.
  • El consumo de frutas disminuyó un 41% y el de hortalizas un 21%.

Un reciente estudio de Unicef, reveló que la Argentina está entre los 5 países de América Latina con niveles más altos de sobrepeso en niños menores de 5 años.
El sobrepeso alcanza al 12,6% de las personas de esa edad. En el informe, el país también sobresalió por el alto porcentaje de niños y adolescentes de entre 5 y 19 años con obesidad, que alcanzó el 16,9%, por encima de las estimaciones mundiales.

El etiquetado frontal, un antecedente

La Ley 27.642 de Promoción de la alimentación saludable, conocida como “ley de etiquetado nutricional frontal”, fue sancionada el 12 de noviembre de 2021 en Argentina y reglamentada el 22 de marzo de 2022.

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Esa ley buscó promover una alimentación saludable, brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas envasadas y advertir a los consumidores sobre los excesos de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, sodio y calorías en los alimentos envasados y bebidas analcohólicas envasadas.

El etiquetado advierte sobre la presencia de edulcorantes y cafeína, con el fin de no recomendar o evitar su consumo en niños y prevenir de esa manera la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles.
La ley se basa principalmente en la incorporación de sellos de advertencia y leyendas precautorias (que son herramientas gráficas que tienen forma de octógonos y rectángulos respectivamente) en el frente de los envases de alimentos y bebidas analcohólicas.

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Fecha de publicación: 06/06, 3:44 pm

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